Prescripción de fármacos regulados
Los profesionales de la salud autorizados pueden recetar fármacos regulados, mediante telesalud, si cumplen una serie de criterios.
La Administración de Control de Drogas (DEA, por sus siglas en inglés), junto con la Administración de Salud Mental y Abuso de Sustancias (SAMHSA, por sus siglas en inglés), publicaron una norma provisional para permitir lo siguiente:
- Todas las flexibilidades para la telemedicina referentes a la prescripción de fármacos regulados, que se establecieron durante la emergencia de salud pública (PHE, por sus siglas en inglés) de la COVID-19, permanecerán vigentes hasta el 11 de noviembre de 2023.
- Para las relaciones profesional-pacientes ya establecidas o que se establezcan el 11 de noviembre de 2023 o antes, todas las flexibilidades para la telemedicina referentes a la prescripción de fármacos regulados, que se establecieron durante la PHE de la COVID-19, permanecerán vigentes hasta el 11 de noviembre de 2024.
Las flexibilidades para la telemedicina referentes a la prescripción de fármacos regulados, que se establecieron durante la emergencia de salud pública de la COVID-19 son, entre otras:
- El profesional de la salud puede recetar un fármaco regulado al paciente mediante telemedicina, aunque el paciente no esté en un hospital o una clínica registrados con la DEA.
- Los profesionales de la salud que cumplan los requisitos exigidos pueden recetar buprenorfina a pacientes nuevos y actuales que tengan un trastorno por consumo de opioides, basándose en una evaluación por teléfono.
Para obtener más información sobre los requisitos específicos para los profesionales de la salud, consulte:
- Ampliación provisional de las flexibilidades por la COVID-19 para la telemedicina, por la prescripción de fármacos regulados — de la Administración de Control de Drogas
- Cómo recetar fármacos regulados al paciente durante la emergencia de salud pública de la COVID-19 (PDF) — de la Administración de Control de Drogas